El Periodo de Prueba de un Trabajador

Escrito por MFernandez el Dic 3, 2002 en Derecho Laboral

La ley no consagra lo que se denomina como período de prueba. Es una practica empresarial la cual se extrae del contenido de los artículos 76 y 80 del Código en los cuales se exonera al empleador del pago del preaviso y la cesantía cuando el tiempo trabajador es menor de tres meses.

Es decir, se le llama así - período de prueba - al tiempo no mayor de tres meses que se le concede al trabajador para demostrar que posee aptitudes para que el empleador lo contrate como trabajador fijo en la empresa, esto cuando se trata de un contrato permanente o por tiempo indefinido.

Este período es tomado en cuenta para la antigüedad del contrato si el empleador decidiera contratar a la persona que cubra las condiciones. Si al vencimiento del plazo el empleador pone fin al contrato, no incurre en responsabilidad de pago de prestaciones laborales, sin embargo, debe pagar proporción de salario de Navidad y bonificación si el periodo es mayor a un mes.

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