El Descanso Semanal y Días Feriados
El trabajador tiene derecho a un descanso de 36 horas ininterrumpidas semanalmente el cual puede iniciarse cualquier día de la semana. A falta de acuerdo, se inicia el sábado a mediodía. Si el trabajador presta servicio en el periodo de su descanso, puede optar entre recibir su salario aumentado en un 100% o disfrutar en la semana siguiente de un descanso igual al tiempo de su descanso semanal.
Los días declarados no laborales por la Constitución o las leyes, por ejemplo, Día de La Altagracia, son de descanso remunerado para el trabajador, salvo que coincidan con el día de descanso semanal. Cuando el trabajador preste servicios en un día declarado no laborable, recibirá como pago el salario a que tiene derecho aumentado en un 100%.


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