La Recontratación de un Trabajador
No existe disposición legal que prohíba recontratar a una trabajadora, luego de que cualquiera de las partes haya ejercido su derecho al desahucio.
En caso de recontratación, consideraríamos prudente, a fin de minimizar futuros y eventuales riesgos, esperar un período razonable de mínimo de dos a tres meses después de concluido su anterior contrato, porque de ese modo evitaría que terceros puedan presumir que las partes han burlado disposiciones contenidas en la propia ley con el propósito de afectar moral y económicamente al trabajador.


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